Slot Aereo Significado

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Conexion de modulo DS300 a caja Stop & Go
Raikkonn
Piloto milenario
Mensajes: 3.028
Desde: 14/Ago/2003 · ·

Alguien me dice k conector lleva la Conexion de modulo DS300 a la caja Stop & Go de DS
- Conector
- Pines
- significado de los pines
- tensiones y polaridades
Concretando mas, necesito saber por ke pin envia el DS el comando de Stop & Go para los reles de la caja de conexiones si este comando es activo en alta o en bajqa y a ke tension. Osea si la pista esta cortada k tension hay en ese pin y si a la pista llega chicha k tension me da ese pin.
Bueno chatos a ver ese cable, y ya si me lo ilustrais con unas fotos sus ganais el cielo
salu2

DoctorTracker
Piloto milenario

Mensajes: 984
Desde: 26/Mar/2004 · ·

Amigo Viktor. Gusto en saludarlo.
Mirate este pdf para ver el tipo de conector. Es un DIN de 6 pines. Es el que se ve en el cable de extensión DS-0071 de la página 17. El DS300 lleva una hembra de panel y la caja Stop&Go lleva un cable acabado en un macho aéreo.
El de 6 vías es el del DS300
Como este de la izquierda pero en 6 vías es el que lleva la caja Stop&Go
Para el significado de los pines, tensiones y polaridades, ando fatal de tiempo, pero te invito a que te pases por Ases un día de estos y despiezamos una caja con unos botellines al lado ... al final seguro que saltan los plomos pero lo vamos a pasar de cine
Salu2

Vente a pasar un buen rato de slot a El Club de Slot Ases en la sierra de Madrid (Villalba)
Tu cibertienda de slot http://www.evotecshop.com
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Raikkonn
Piloto milenario
Mensajes: 3.028
Desde: 14/Ago/2003 · ·
Amigo Viktor. Gusto en saludarlo.
Mirate este pdf para ver el tipo de conector. Es un DIN de 6 pines. Es el que se ve en el cable de extensión DS-0071 de la página 17. El DS300 lleva una hembra de panel y la caja Stop&Go lleva un cable acabado en un macho aéreo.
El de 6 vías es el del DS300
Como este de la izquierda pero en 6 vías es el que lleva la caja Stop&Go
Para el significado de los pines, tensiones y polaridades, ando fatal de tiempo, pero te invito a que te pases por Ases un día de estos y despiezamos una caja con unos botellines al lado ... al final seguro que saltan los plomos pero lo vamos a pasar de cine
Salu2

saludos Doc dale cogotazo cariñoso a don marcos de mi parte
oye me pa mi k se te ha orvidao el PDF ¿no?
Osea k el DS 300 lleva una hembra de 6 vias y de la caja Stop&Go sale un rabo con un macho de 6 vias.
Vale ahora falta k me digais k hace cada patilla bueno con k me digas por donde manda la señal al rele de la caja k pone o kita chicha a la pista me vale.
Vamos Doc k se ke tienes tester y k lo sabes usar
un abrazo champion a ver si me cruzo la sierra un domingo pa ke me deis pal pelo, por cierto seguis en el mismo sitio y fieles pisteros o ya os habeis pasado a rallyeros ejeke yo como en la pista soy un calamidad me estoy recyclando pal rally a ver k tal se me da
Raikkonn
Piloto milenario

Mensajes: 3.028
Desde: 14/Ago/2003 · ·

bueno ya no hace falta ya esta el lio armao, ale curiosearlo un poco:
6 cajas de conexiones con s&g compatible DS buenas bonitas y baratas marchando!!!!
salu2


el eskema un poco mas chikito a ver si cuela
DoctorTracker
Piloto milenario

Mensajes: 984
Desde: 26/Mar/2004 · ·

*o*e*, no puede ser que entre la pregunta y tu autorespuesta haya pasado tan poco tiempo... Lo tenías preparado!!!
El pdf:
Catálogo General DS 2004
Lo usaré de mil amores para hacer las Stop&Go de la parte de Rally .... SIIIIII, tenemos tres tramos de rally. Hacemos una carrera al mes, así que cuando quieras eres bienvenido!!!
Un saludo

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docsavage
Piloto asíduo
Mensajes: 1.522
Desde: 11/Oct/2003 ·

Hola, muchas gracias Raikkonn, en nombre de todos . Saludos.

o_Sonambulo_o
Piloto milenario

Mensajes: 713
Desde: 28/Dic/2004 ·

HOLA A TODOS:
Raikkon una duda , el pin que envia la señal es el 1 y el resto es corriente, pero que tensiones trabaja este pin?.
Si hago un programa que conectado al puerto enve una señal logica , como por ejemplo el paralelo.y le conecto corriente al resto de los pines?
Es mas... si conseguimos conectar la caja DS al Slotware se pordria hacer....solo enviando la senañ por el pin correspondiente?

Raikkonn
Piloto milenario
Mensajes: 3.028
Desde: 14/Ago/2003 · ·

lo primero de todo, gracias a todos por el interes
lo 2º ojo esta sin probar yo no tengo DS, por eso preguntaba los conectores y pines.
para el DocTracker:
si aun no tienes los cuentas de infrarrojos y puedes esperar a primeros de año kizas haya sorpresas de 'la rai-factory' Esta en capilla el 'Rai Rally Slot Chrono' k incluirá puente de infrarrojos de 1 sensor (1 solo carril) display de 4 digitos y precision de centesimas, facil uso y programacion solo 2 o 3 botones, especifico para rally en una caja un poco mayor k un pakete de tabaco estara el crono, las bananas el stop&go ...
Ya hay 2 prototipos funcionando en mi club, AVSlot, solo estamos afinando el prototipo pero es posible k a primeros de año tengamos algunas unidades disponibles para venta o alkiler y pruebas.
Lo k garantizo es k para rally saldrá mas economico k lo k hay actualmente y bastante mas compacto de tamaño, solo nos falta rematar flecos en lo k respecta a fiabilidad y robustez.
Para sonanbulo:
no entiendo pak kieres enchufar esto al puerto paralelo, el pin 1 del din-6 es la orden de GO del modulo DS a las cajas de Stop&Go solo controla cuando pasa chicha a la pista. Estos eskemas son para unas cajas de conexiones caseritas y por tanto mas baratas, pero compatibles con los contadores DS.
salu2

o_Sonambulo_o
Piloto milenario

Mensajes: 713
Desde: 28/Dic/2004 ·

HOLA:
La pregunta va en sentido contrario... Tengo las Cajas DS y las quiero acoplar a un software... ?
Ese Software podria controlar las cajas actuales Ds por medio del pin 1 del conector no?

Raikkonn
Piloto milenario
Mensajes: 3.028
Desde: 14/Ago/2003 · ·
HOLA:
La pregunta va en sentido contrario... Tengo las Cajas DS y las quiero acoplar a un software... ?
Ese Software podria controlar las cajas actuales Ds por medio del pin 1 del conector no?

supongo k si, aunke solo te cerraria 1 rele de los 2 k lleva la caja no se si el del carril 1 o el del 2.
tus cajas tienen stop & Go o son la universal sin el rele, si llevan stop & go si lo puedes hacer
Por cierto los modulos de crono de DS como tienen tantos modos de carrera envian señales independientes a los 2 reles k hay en una caja Stop &Go de DS.
Yo solo se k en el pin 1 del conector tiene la señal de stop & go de uno de los reles (no se si de la pista 1 o de la 2) y k por el pin 4 y el 6 tienes tierra y 12 voltios no se mas (lo pille de un eskema en intesnet) y tampoco necesito mas.
Para mandar los 2 reles de la caja S&G de DS tendras k descubir cual es el otro pin de comando.
Yo no lo puedo probar porke no tengo DS toda mi electronica me la fabrico yo, esto es un encargo para un amigo en las islas afortunadas, espero k le funcione :) por eso preguntaba aki como iva el tema porke no tengo DS para destripar :)
salu2
o_Sonambulo_o
Piloto milenario

Mensajes: 713
Desde: 28/Dic/2004 ·

Pues no se decirte porque la unica que conozco es la que tenemos en casa de Little_nicky, y es negra... ... y controla dos pistas... y poco mas te puedo decir porque no la hemos abierto para mirarla , pero imagino que sera de reles.Muchas gracias por la informacion y por tu aportacion.
Es que me ronda una idea por la cabeza que me trae loco.... ya os contare. .p)
Saludos
Javi.

DoctorTracker
Piloto milenario
Mensajes: 984
Desde: 26/Mar/2004 · ·

para el DocTracker:
si aun no tienes los cuentas de infrarrojos y puedes esperar a primeros de año kizas haya sorpresas de 'la rai-factory' Esta en capilla el 'Rai Rally Slot Chrono' k incluirá puente de infrarrojos de 1 sensor (1 solo carril) display de 4 digitos y precision de centesimas, facil uso y programacion solo 2 o 3 botones, especifico para rally en una caja un poco mayor k un pakete de tabaco estara el crono, las bananas el stop&go ...
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salu2

Rai, tenemos los DS y puentes, lo que no tenemos es stop&go en los tramos de rally. Pero son Ds del jurásico, así que si tu sistema sale baratito, no dudaremos en comprarte 3 uds (con stop&go claro) pa eso están los amigos...
Peeeeero, la factura te la pagamos en cañas
Salu2
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Raikkonn
Piloto milenario
Mensajes: 3.028
Desde: 14/Ago/2003 · ·

Peeeeero, la factura te la pagamos en cañas
Salu2

pues asin va a ser k non, con las cañas no me pago el alkiler, no es moneda de curso legal para mi casera
DoctorTracker
Piloto milenario

Mensajes: 984
Desde: 26/Mar/2004 · ·

Peeeeero, la factura te la pagamos en cañas
Salu2

pues asin va a ser k non, con las cañas no me pago el alkiler, no es moneda de curso legal para mi casera

Rai, como va el invento? Podrías enviarme un prototipo, o en su defecto decirme el precio al que lo vas a vender?????
Graciasssss
(PD.- Tenemos Rally este domingo en Ases, así que si te puedes/quieres venir y enseñarnos el invento, estaríamos muy interesados)
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250026/Feb/2012, 09:48
monfortino
19/Dic/2007, 20:21
kevin255
266808/Ene/2008, 00:41
kevin255
06/Ago/2007, 23:11
slottui
125k18/Feb/2013, 12:48
dr.korel

Tarifa de uso del aeropuerto (TUA) La TUA es una tarifa fija que depende de los aeropuertos de origen y destino. A ella a su vez se le cobra IVA.

  1. Search the world's information, including webpages, images, videos and more. Google has many special features to help you find exactly what you're looking for.
  2. 1° sito privato italiano sul controllo del traffico aereo. Slot allocation is an ATFM measure established to reduce the demand to the level of the ATC capacity and to smooth out traffic flows thus making full use of the available ATC capacity.

Slots aéreos. Un desafío para las líneas aéreas

Dra. Mirtha Cantiano

Los slots aéreos son un verdadero problema para las líneas aéreas, ya que todas desean las mejores franjas horarias y sobre todo la titularidad de un derecho para ellas imprescindible, pero el cual no es a perpetuidad; es por ello que las reglamentaciones existentes han tratado de poner orden en este tema, aunque solamente la jurisprudencia tendrá la última palabra.

Aeropuertos coordinados y la titularidad de los derechos: en los aeropuertos puede ocurrir que existan problemas de capacidad para algún período de programación y esto obliga al Estado, en virtud de la normativa existente en Europa, a designar al aeropuerto como coordinado. Esto último implica que los slots sólo serán asignados por el coordinador del aeropuerto.

I. Definición[arriba]

SLOTS es un concepto que significa intervalo de tiempo, por lo general limitado, dentro del cual un avión tiene la obligación de transitar sobre un determinado punto[1].

Pero como dice FRANCO STACCIOLI, el slot aeroportuale representa la ventana de tiempo que un determinado vuelo tiene a su disposición en un aeropuerto para satisfacer sus exigencias comerciales (embarco y desembarco de pasajeros y equipaje, carga de combustible, catering, etc. ).

Slot aereo significado de

II. Los Slots y la Comunidad Europea[arriba]

Podemos decir que para que los aviones de las distintas empresas aéreas puedan aterrizar o despegar de los aeropuertos en una franja determinada de tiempo, necesitan un permiso que se denomina slot o franja horaria aeroportuaria[2].

Existe un sistema de estandarización mundial en cuanto a la forma en que dichos derechos son reconocidos por la normativa nacional y europea; se siguen los criterios de la IATA (Internacional Air Transport Association). En la Comunidad Europea podemos encontrar la regulación de las franjas horarias en el Reglamento 95/93 del Consejo, del 18 de enero de 1993, el cual ha sufrido varias modificaciones, la más importante a través del Reglamento (CEE) 793/2004[3].

Cuando no existen inconvenientes para acceder a dichos derechos y las empresas aéreas pueden obtenerlos en virtud de sus preferencias, el sistema se caracteriza por la voluntariedad o autorregulación. En el caso de existir dificultades la normativa comunitaria sigue las directrices de la IATA, teniendo en cuenta la facilitación de horarios y la coordinación[4]. Esto nos lleva al concepto de aeropuerto coordinado y no coordinado. El aeropuerto coordinado es: “…un aeropuerto en el cual para aterrizar y o decolar es necesario la existencia de un vettore aéreo u otro operador de aeronaves que haya obtenido la asignación de una banda horaria de parte de un coordinador”[5].

El principio de uso o pérdida de este derecho significa que una empresa aérea puede conservar sus franjas horarias de una temporada a otra, a condición de que haya hecho uso de al menos el 80% de las franjas asignadas en la temporada anterior. Aunque existen excepciones como lo ocurrido en los años 2001-2002, 2003[6] en dichos períodos se permitió a las líneas aéreas reducir su actividad sin perder sus franjas horarias[7].

Un aeropuerto con horarios facilitados son aquellos aeropuertos en los cuales existe un riesgo de congestión en algunos períodos del día, de la semana o del año, lo cual puede resolverse eventualmente gracias a la cooperación voluntaria de vectores aéreos y en los cuales se ha designado un facilitador de los horarios, cuyo deber es facilitar la actividad de los vectores aéreos que operan o intentan operar en tales aeropuertos[8].

Cuando nos referimos a aeropuertos con horarios facilitados debemos tener en cuenta las dificultades que provoca la congestión aeroportuaria en ciertas horas del día, de la semana o del año. Los mismos pueden reducirse en virtud de acuerdos voluntarios entre las empresas bajo la supervisión del facilitador.

En Italia se fundó en el año 1997, la Associazione Assoclearance, que es la encargada de coordinar la asignación de las bandas horarias en los aeropuertos italianos coordinados. La asignación permite al vector utilizar la infraestructura a fin de aterrizar o decolar por un período por el cual se lo ha solicitado.

El Ministerio de Infraestructura y del Transporte ha clasificado como aeropuertos coordinados las escalas de: Bergamo, Cagliari, Catania, Firenze, Milano-Malpensa, Milano-Linate, Napoli, Palermo, Roma Ciampino, Roma Fiumicino, Torino, Venecia, Lampeduza y Pantelleria solamente en período estival. Como aeropuertos de horarios facilitados, las escalas de Bolonia, Pisa y Verona.

Slot aereo significado el

III. Aeropuertos coordinados y la titularidad de los derechos[arriba]

En los aeropuertos puede ocurrir que existan problemas de capacidad para algún período de programación; esto obliga al Estado Miembro en virtud de la normativa existente a designar al aeropuerto como coordinado. Esto último implica que los slots sólo serán asignados por el coordinador del aeropuerto[9]. Pero es cada Estado Miembro quien establecerá la asignación de los parámetros de coordinación. Para ello el art. 6 del Reglamento mencionado es muy claro al referirse a dichos parámetros como: “la expresión en términos operativos de toda la capacidad disponible en un aeropuerto para asignarla en franjas durante cada período de coordinación, que reflejará todos los factores técnicos y operativos y medioambientales que influyen en el funcionamiento de la infraestructura aeroportuaria y de sus subsistemas”[10].

En este punto es necesario introducir otro concepto que es el de las franjas horarias; estas son un mínimo de cinco franjas solicitadas para un período de programación a la misma hora, por lo general el mismo día de la semana y asignada de esa manera si esto no es posible, lo más cercano a la misma hora[11]. Es decir, la capacidad de un aeropuerto se asigna en franjas horarias.

El problema se plantea cuando las empresas aéreas consideran que esto no es un derecho sino una propiedad, es así como muchas de ellas incluyen los slots dentro de su balance comercial como verdaderos activos. Es verdad que las empresas pueden intercambiarse estos derechos pero no son derechos de propiedad, así lo ha establecido el Reglamento (CE) 793/2004; son derechos otorgados por el poder público. El presente Reglamento así lo establece: “…permiso dado por un coordinador de conformidad con el presente Reglamento para utilizar toda la infraestructura aeroportuaria necesarias con fines de aterrizaje y despegue en una fecha y hora determinada asignadas por un coordinador de conformidad con el presente Reglamento para la prestación de un servicio aéreo en un aeropuerto coordinado”[12].

El problema subsiste y subsistirá en la medida en que los slots sean considerados por la empresas aéreas como una manifestación del derecho de acceso a una instalación como es el aeropuerto. VILLAR ROJAS es muy didáctico al decir que: “…una instalación o una infraestructura sin la cual las empresas de la competencia no podrían ejercer sus servicios al público”[13] generando una situación de dependencia económica que puede oponerse a todo tipo de competencia efectiva[14].

Es necesario resaltar que sin slots no hay mercado aéreo, ya que su existencia es imposible de imaginar. Las empresas aéreas precisan de estos derechos de aterrizaje y despegue para suministrar sus servicios.

El artículo 10 del Reglamento (CE) 95/93 regula el fondo de reserva de franjas horarias; el mismo fue reformado en el año 2009 con la finalidad de que las empresas aéreas pudieran reducir su capacidad y mantener sus derechos de despegue y aterrizaje. Esta medida fue aprobada por vía de urgencia ya que la idea era disminuir los efectos de la crisis económica sobre el transporte aéreo.

En España, el régimen sancionador era regulado por el Real Decreto-ley 15/2001, de 2 de noviembre, que concretamente regulaba el régimen sancionador en materia de slots, pero esta normativa fue derogada y sustituida por la efectuada mediante la Ley 21/2003 del 8 de julio de Seguridad Aérea. El artículo 49 de dicha Ley tipifica las infracciones en relación con la coordinación de los aeropuertos y el uso de las franjas horarias.

Otro elemento a tener en cuenta es que en la Unión Europea las regulaciones sobre los slots facilitan a los estados miembros la posibilidad de reservar estos derechos beneficiando algunas empresas aéreas en el caso de existir rutas sometidas a obligaciones de servicio público. El artículo 9 del Reglamento 95/93 prevé la posibilidad de reservar slots para esas rutas. Es por ello que “…Con arreglo al artículo 9 del Reglamento (CE) 95/93 del Consejo, de 18 de enero de 1993 relativo a las normas comunes para la asignación de franjas horarias aeroportuarias en los aeropuertos comunitarios, modificado por el Reglamento (CE) 793/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, los organismos competentes podrán reservar franjas horarias para la prestación de los servicios conforme a las modalidades previstas en el presente documento”[15].

En otros casos se solicita los derechos del coordinador y se establece que el cumplimiento de los horarios será bajo la condición de que pueda disponerse de las franjas horarias correspondientes[16]. Recordemos que el Reglamento (CEE) 2408/92 fue derogado y sustituido por el Reglamento (CE) 1008/2008. Por consiguiente es necesario concluir que el sistema de imposición del servicio público en una ruta aérea está sujeto a un elemento operativo relacionado con el funcionamiento del aeropuerto y a un elemento técnico que sin lugar a dudas puede llegar a destruir la valoración de necesidad que debe realizarse.

IV. La lucha por la obtención de los slots aéreos[arriba]

Conforme a lo precedentemente expresado en párrafos anteriores, arribamos al problema que se suscita si dos o más empresas aéreas desean prestar servicios en una determinada ruta sometida a obligaciones de servicio público, pero no existen slots suficientes. En este caso el artículo 9.2 del Reglamento (CE) 95/93, resuelve este conflicto de la siguiente manera:

“…En caso de que más de una compañía aérea comunitaria esté interesada en prestar servicios en dicha ruta aérea (sometida a obligaciones de servicio público) y no haya podido obtener franjas horarias situadas dentro de un margen de una hora antes o después de los horarios solicitados al coordinador, se recurrirá a los procedimientos de licitación establecidos en las letras d) a g) y en la letra i) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CEE), n· 2408/92 para la utilización de las franjas horarias mencionadas en el apartado 1”.

Pero las obligaciones del servicio público también afectan al funcionamiento del fondo de reserva, como ya hemos dicho en párrafos anteriores; el transportista aéreo debe utilizar esos derechos de slots en su totalidad o por lo menos en un 80% para que se le puedan asignar en la temporada siguiente. De lo contrario, perderá las franjas horarias para la siguiente temporada, éstas ingresarán en un fondo de reserva, y serán asignadas a los operadores que la soliciten.

Pero el Reglamento[17] establece ciertas causas que pueden ser interpuestas a fin de que este hecho no ocurra y el transportista pueda conservar las franjas horarias. Estas causas son denominadas circunstancias imprevisibles e inevitables, que impiden efectuar sus operaciones. Las mismas pueden ser: mal funcionamiento del aeropuerto, cierre del espacio aéreo, alteraciones graves que inciden de un aeropuerto a otro, situaciones de paralización de las operaciones producidas por una huelga, etc.

La Reforma del Reglamento (CE) 95/93, llevada a cabo a través del Reglamento (CE) 793/2004 introdujo una nueva causa relacionada con las obligaciones de servicio público, afectando a la existencia de acciones judiciales. Esta causa implica la aplicación del artículo 9, el cual prevé la reserva de franjas horarias en aeropuertos coordinados para rutas de servicio público que impliquen una suspensión temporal de las operaciones en esta ruta. Es la postura expresada a través de la Posición Común n· 22/2004, de 19 de febrero de 2004, y en cuanto a los elementos necesarios para su aplicación encontramos: la existencia de un proceso judicial; el objeto de dicho proceso debe versar sobre el artículo 9 del Reglamento (CE) 95/93, es decir la asignación indebida de dichos derechos por parte del coordinador a favor de alguna compañía aérea en contra de los intereses de otra; la falta de uso es la que debe haber dado lugar al proceso.

Significado

En conclusión, como podemos observar el problema de los slots aéreos es de suma importancia para las líneas aéreas, elemento esencial para su desarrollo comercial. En cuanto a la lucha por estos derechos podemos decir que esta es una cuestión que sólo la jurisprudencia podrá dilucidar, pero no obstante el Reglamento permite al operador aéreo defenderse basándose en causas de justificación que el mismo Reglamento establece y conservar así el derecho a las franjas horarias asignadas con anterioridad.

BIBLIOGRAFIA

- AMEDEO ODONI, et.al. The global airline industry, Oxford, Wiley, 2009.

- Circular ENAC EAL 18, del 24 de agosto de 2009, sobre la Asignación de bandas horarias en los aeropuertos nacionales coordinados.

- CZERNY I. Airport slots, London, Scholars Press, 2008.

- CODICE DELLA NAVEGAZIONE ITALIANO, RD. 30 de marzo 1942, n. 327, aggiornato alla legge 26 febbraio 2010, n. 25.

- GONZALEZ SANFIEL A., Las obligaciones del servicio público en el transporte aéreo, Madrid, Lustel, 2010.

- MARTÍN D. et.al., Orientación al mercado en los sistemas de gestión de las empresas de transporte aéreo, Madrid, Editorial Universitaria Ramón Areces, 2005.

- OFICINA DE PUBLICACIONES DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Acuerdos aéreos internacionales, Luxemburgo, 2004.

- REGLAMENTO (CE) n. 545/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo del 18 de junio de 2009, el cual modifica el Reglamento (CEE) n. 95/93 referente a las normas comunes para la asignación de bandas horarias en los aeropuertos de la Comunidad Europea.

- REGLAMENTO (CE), n.793/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo del 21 de abril de 2004 que modifica el Reglamento (CEE) n. 95/93 del Consejo del 18 de enero de 1993, relativas a normas comunes para la asignación de bandas horarias en los aeropuertos de la Comunidad Europea.

- REGLAMENTO (CE) n. 95/93, del Consejo de 18 de enero de 1993 referente a las normas comunes para la asignación de bandas horarias en los aeropuertos de la Comunidad Europea.

- SILINGARDI, GABRIELE, Gli slots, il caso Italia fra esperienza statiunitense e comunitaria, Milano, Cedam, 1997.

- TRUYOL MATEU S., Transporte aéreo e ingeniería aeroportuaria, Madrid , Delta, 2006.

- VILLAR ROJAS F., Las instalaciones esenciales para la competencia, Granada, Editorial Comares, 2004.

-------------------------------------------------------
[1] RIZZARDO TREBBI, DIZIONARIO AERONAUTICO, Torino, Ceedam, 1994, p. 23.
[2] M. GOMEZ PUENTE, La coordinación aeroportuaria: naturaleza y régimen jurídico de las franjas horarias (slots), en Régimen Jurídico del transporte aéreo, Dialnet, 2005, p.443.
[3] DOUE, 30 de abril de 2004.
[4] REGLAMENTO (CE), 95/93.
[5] ENAC, ENTE NAZIONALES PER DELL’AVIAZIONE CIVILE.
[6] La Comisión Europea, ha propuesto una congelación temporal de esta regla durante la temporada de verano 2009, de abril a octubre. Bruselas ha decidido en virtud de la crisis prorrogarla durante la campaña de invierno 2009-2010, pudiendo decidir una eventual prórroga.
[7] Asesoría de compañías españolas de transporte aéreo, Al Vuelo (Boletín Interno), Asesoría de Comunicación n. 51 abril 2009.
[8] ENAC, cit.
[9] Artículo 3.3. y 4.5 del Reglamento (CE) 95/93.
[10] Artículo 2, letra K) del Reglamento (CE) 95/96.
[11] Artículo 8 del Reglamento (CE) 95/96.
[12] Artículo 2, letra a) del Reglamento (CE) 95/93, modificado por el Reglamento (CE) 793/2004.
[13] F. VILLAR ROJAS, Las instalaciones esenciales para la competencia, Granada, 2004.
[14] Sentencia del Tribunal de Justicia de 6 de abril de 1995 (Caso Magill) apartado 24.
[15] Comunicación de la Comisión sobre imposición por Italia de obligaciones de servicio público a los servicios aéreos regulares interiores (2007/C 228/04) en la ruta aérea Cuneo Levaldigi-Roma Fumicino y viceversa, DOUE de 28 de septiembre de 2007.
[16] Comunicación de la Comisión, relativa a la imposición de obligaciones de servicio público con arreglo al Reglamento (CEE) 2408/92 del Consejos en relación a servicios aéreos regulares dentro de Alemania (2007/C 149/07), ruta aérea Erfurt – Munich, DOUE de 3 de julio de 2007.
[17] Artículo 10.4 del Reglamento (CE) 95/93.

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